Primitiva Cofradía del Dulce Nombre de Jesús, Pontífica, Real e Ilustre Hermandad de Nuestro Padre Jesús Nazareno, Nuestra Señora de los Dolores, San Juan Evangelista y Santa Cruz del Convento

Escudo Hermandad de Jesus
escudo hermandad de jesus la algaba

Para aquellos hermanos que en el Cabildo de Elecciones del próximo 22 de junio de 2024 estén interesados en realizar el voto por correo, les informamos que disponen de plazo máximo hasta el 22 de mayo, un mes antes de las elecciones tal como establecen las Normas Diocesanas en su artículo 45.2.4.

Para ello, deben acceder aquí y enviar la solicitud rellena y firmada a secretaria@hermandaddejesus.net con el asunto: SOLICITUD DE VOTO POR CORREO ELECCIONES

Recordamos a nuestros hermanos el contenido de nuestras Reglas (regla 101), las Normas diocesanas para Hermandades y Cofradías de la Archidiócesis de Sevilla (artículo 45) que regulan dicha forma de participación en las elecciones.

a) Tras haberlo solicitado formalmente a la Secretaría de la Hermandad, podrán votar por correo aquellos hermanos censados (en el censo de la Hermandad aprobado por la Delegación de Asuntos Jurídicos para las HH. y CC. del Arzobispado de Sevilla con fecha previa a la cita electoral) y que no pudieran desplazarse a votar debido a enfermedad. Esta situación ha de acreditarse con certificado médico oficial, no admitiéndose otro tipo de justificación. Asimismo, podrán ejercer este derecho aquellos hermanos residentes en localidades ajenas e inscritos de tal forma en dicho censo, aportando el correspondiente certificado de empadronamiento.

b) No podrán ejercer el derecho al voto por correo aquellos hermanos cuya residencia, siendo fuera de la localidad para las fechas de las elecciones, no esté recogida de dicha forma en el censo aprobado al no haberse comunicado a la Hermandad tal situación, figurando aún en el mismo una dirección en la localidad. Tampoco podrán ejercer el voto por correo aquellos hermanos cuyo DNI no figure recogido en el censo.

c) En el sobre que remitirá por correo certificado la Secretaría de la Hermandad y Comisión Electoral al solicitante al domicilio que figure en el censo, figurará la siguiente documentación: un sobre para depositar el voto que deberá cerrarse una vez introducido el mismo y las papeletas de cada candidatura presentada, debiendo introducir doblada la elegida en el sobre mencionado. d) Una vez introducido su voto en el sobre facilitado al efecto por la Secretaría de la Hermandad, deberá incluir el mismo dentro de un nuevo sobre, en el que adjunte, añadido a su voto, fotocopia de su DNI o documento oficial equivalente compulsado
por un organismo oficial y el certificado de empadronamiento (en caso de residir fuera
de la localidad). Ha de adjuntar en el envío igualmente el certificado médico oficial
caso de no poder desplazarse por problemas de salud. Una vez cerrado el sobre de
envío, deberá remitirlo (identificándose en el mismo como remitente), por correo
certificado y con acuse de recibo a la siguiente dirección:


Sra. Secretaria Primera
Comisión Electoral
(Voto por correo)
Hermandad de Ntro. Padre Jesús Nazareno
Avenida de la Libertad, 1
41980 La Algaba (Sevilla)


e) Los sobres recibidos quedarán cerrados y sin abrir, custodiados por la Secretaría y
la Comisión Electoral, hasta la jornada de voto. Dichos votos se contabilizarán tras
haber recogido los emitidos en las mesas.
Serán admitidos los votos por correo recibidos hasta las 24 horas anteriores a la
celebración del Cabildo de Elecciones.


Para ulteriores aclaraciones, pueden contactar con Secretaría en el correo electrónico:
secretaria@hermandaddejesus.net

Puede descargarse la solicitud pinchando en el siguiente enlace